¿Cómo conseguirán su plaza los nuevos funcionarios?

¿Cómo conseguirán su plaza los nuevos funcionarios?

¿Cómo conseguirán su plaza los nuevos funcionarios?

El 29 de diciembre del 2021, un día después del Día de los Inocentes, y dos días antes de cerrar el año, salió a la luz el último borrador del Real Decreto que marca cómo serán las oposiciones de 2022, 2023 y 2024. Lo puedes consultar aquí.

¡Recuerda que esto es un borrador y aún puede modificarse antes de ser publicado!

Este borrador de Real Decreto modificará, cuando entre en vigor, al RD 276/2007, de 23 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes. 

Iremos actualizando la entrada conforme se publiquen nuevos borradores o al publicarse el RD en el BOE en su versión definitiva.

¿Qué tipo de plazas saldrán?

Antes que nada, te invito a que le eches un vistazo por tu cuenta, son solamente 10 páginas (o seis y media si no lees el preámbulo). 

Lo primero que tenemos que tener en cuenta es que van a salir dos tipos de plazas, ambas estructurales. 

Las plazas estructurales son aquellos “huecos” permanentes y fijos como, por ejemplo, los que se crean cuando alguien se jubila en un instituto. Ahí hay un puesto de trabajo que, si no sale a oposición, se quedará vacío. ¿Y qué ha hecho la administración desde hace ya varios años? Pues rellenar esos huecos con trabajadores temporales, los interinos.

Hay que tener en cuenta que hay “huecos” que no se consideran estructurales. Por ejemplo, los creados por la necesidad de profesorado extra durante la pandemia, las bajas médicas o medias jornadas que pueden aparecer, por ejemplo, cuando alguien con plaza pasa a ocupar un puesto en el Equipo Directivo del centro.

Ahora que tenemos claro qué son estas plazas estructurales, tenemos que diferenciar dos tipos:

  • Plazas de estabilización, que saldrán solamente a concurso: son aquellas plazas estructurales ocupadas de forma temporal (por interinos) e ininterrumpida desde antes del 1 de enero del 2016. Estas saldrán en una única convocatoria, que será antes de que acabe 2024.
  • Plazas de reposición, que saldrán a concurso-oposición: son aquellas plazas estructurales ocupadas ininterrumpidamente por interinos desde, al menos, el 2018. También deberán ser convocadas antes de que acabe 2024.

Por otra parte, y para no crear dos sistemas de acceso diferentes, seguirán el mismo modelo de concurso-oposición las plazas ofertadas en las convocatorias que salgan hasta finales de 2024.

¿En qué consistirán el concurso y la oposición?

Pues vayamos por partes. Primero hablaremos de las plazas de estabilización, las que constarán únicamente de concurso. El baremo propuesto por el borrador es el siguiente:

BloqueMáximoPuntuación
Experiencia previaMáx. 10 años.Cada año sólo será valorado en un subapartado de puntuación.7 puntosMisma especialidad, en centros públicos: 0,70 puntos / añoDistinta especialidad, en centros públicos: 0,35 puntos / añoMismo nivel o etapa, centros privados: 0,15 puntos / añoDistinto nivel o etapa, centros privados: 0,10 puntos / año
Formación académica y permanente3 puntosLa indicada en el ANEXO I.II del RD 276/2007
Otros méritos5 puntos2,5 puntos por oposición aprobada en la especialidad a la que se opta desde 2012 (máximo 2).1 punto por oposición aprobada en otra especialidad desde 2012 (máximo 2).

Cada administración educativa convocará el concurso excepcional una sola vez para la estabilización de las plazas, y será antes de que acabe el 2024.

Para las Comunidades Autónomas con lengua cooficial se tendrá que acreditar el conocimiento de esta. La manera de acreditarlo queda en manos de cada comunidad autónoma.

Y ahora hablaremos del concurso-oposición. Y es que la oposición tal y como la conocemos va a sufrir un cambio drástico. Recordamos que esta fórmula afectará a todas las ofertas públicas de empleo (OPE) que se convoquen hasta acabar el 2024. 

Intentaremos resumir el nuevo formato en una tabla:

Como veis, hay cambios drásticos. En especialidades como Biología y Geología, el práctico parece que desaparecerá. ¿Será el adiós al VISU, cortes geológicos, problemas de genética y demás? Eso lo tendrá que resolver cada comunidad autónoma.

La parte de aptitud pedagógica también sufre cambios importantes. El borrador dice textualmente: “Elegir entre las siguientes opciones”, y nombra la Programación Didáctica y la Unidad Didáctica. Pero, ¿quién elige? ¿el aspirante o la comunidad autónoma? Parece que eso es algo que tendremos que esperar para saber con certeza.

También merece destacar que las partes no serán eliminatorias, siendo solamente necesario que la media de ambas sea superior a 5 para pasar a la fase de concurso.

El tema pasará a ser un factor mucho más decisivo de lo que lo era antes. Por ello, y si queréis contar con un buen temario, os recomendamos que le echéis un vistazo al temario que compartieron Verónica Sanz y Lorena del Palacio.

Y si queréis bordarlo con la Unidad Didáctica, tenéis literalmente cientos de recursos a vuestra disposición en el Repositorio del Proyecto Simbiosis.

Y en la fase de concurso no se ha mantenido nada igual. La experiencia previa, que antes era un 50 % del concurso, ahora pasa a ser un 70 %. Esto es debido a que se ha reducido el peso de la formación académica (idiomas, nota de la carrera, títulos profesionales de música y danza, másters, doctorados, etc.) y de otros méritos. 

En este último apartado se tendrá en cuenta las oposiciones a las que el aspirante se haya presentado y aprobado, siempre que sean por la misma especialidad.

Hay aspectos con los que no estoy de acuerdo, ¿puedo hacer algo?

¡Por supuesto! El Ministerio ha abierto un plazo durante el cual podréis hacer llegar vuestras aportaciones. Dichas aportaciones deberán enviarse antes del 21 de enero de 2022 a la dirección de correo electrónico facilitada por el Ministerio: [email protected] 

¿Y por qué ahora?

Pues después de años en los que no se han convocado oposiciones o el número de plazas ofertadas era ridículo, las cifras de temporalidad en Educación han llegado bastante más allá de la estratosfera. Prácticamente 3 de cada 10 docentes está en situación de temporalidad. Dicha situación es a todas luces insostenible. Y pese a algunos tímidos intentos de consolidación en los últimos años, la temporalidad no ha dejado de crecer.

Si a esto se le suma la sentencia del TJUE que establece que hay un abuso de la temporalidad en el sector público español, nos vemos en una situación que el Gobierno ha tenido que atajar. 

¿Cómo? Pues a través de la Ley 20/2021, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, que marca que el porcentaje de temporalidad en el sector público no podrá superar el 8 %. Y así nace la necesidad de modificar el RD 276/2007.

Cuestiones en el aire, bulos y más información

Te dejo una publicación de @profesgeohistoria en la que se desmienten algunos bulos que circulan respecto a este borrador,

También te dejo una infografía publicada por STEs que también resume el nuevo borrador y añade detalles sindicales, técnicos y jurídicos que eran demasiado extensos para nuestro análisis somero.

Si quieres saber cómo y cuándo se convocan las OPEs, échale un vistazo a la publicación de @frannortes, inspector de educación.

Esto es todo por nuestra parte, déjanos tu opinión en los comentarios y, sobre todo, házsela saber al Ministerio. 

¿Te gustaría que hiciésemos alguna entrada en concreto? Si quieres proponer algún tema para una entrada en el blog, haz click en el siguiente enlace. ¿Tienes alguna pregunta o has visto algún error? No dudes en añadir tus comentarios más abajo. 

“No te olvides que, si aún no formas parte del Proyecto Simbiosis, puedes darte de alta siguiendo este enlace. Y si ya eres parte del Proyecto, recuerda que estamos ansiosos por que nos enseñes tus materiales. Si no tienes claro cómo subirlos, aquí tienes un buen tutorial. Además, recuerda que para poder tener acceso al 100 % de los materiales del Proyecto, has de contribuir con tus propuestas. Juntos, somos más.”

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